Día de difuntos y de cementerios


Cada año por estas fechas, el maestro Francisco Gamo Lozano (serrano y descendiente de Santotís) dedica su página semanal en Nueva Alcarria a este tema tabú. Aprovechándonos de su generosidad, citaremos algunos datos sobre cementerios (del griego, lugar de descanso).

  • La ley de las 12 tablas prohibía que los cadáveres se enterraran en Roma. Antonino Pío  lo extendió a todas las ciudades del imperio y permaneció en vigor hasta el siglo VIII.
  • Los primeros cristianos se enterraban en catacumbas; luego algunos ciudadanos ricos ofrecieron sus tierras para enterrar a sus hermanos.161101-dia-difuntos
  • El concilio de Toledo de 792 decidió que algunos personajes ilustres pudieran enterrarse en las iglesias. Fernando III el Santo prohibió el entierro en iglesias y cementerios próximos urbanos.
  • Alfonso X permitió que algunas personas pudieran ser enterradas en las iglesias. La costumbre se  extendió a reyes, familia, nobles, obispos, … Así continuó hasta el siglo XVIII.
  • Carlos III lo prohibió en 1.784, pero la orden no se aplicó hasta 1.804, cuando su hijo Carlos IV ordenó la construcción de cementerios.

En algunos pueblos de la Sierra Norte, el cementerio estaba en la explanada de la iglesia (en Puebla de Valles a este lugar los mayores le siguen llamando cementerio). A principios del siglo XIX, algunos camposantos fueron construidos junto a la ermita de la Soledad (Valdepeñas de la Sierra, Almiruete,…) donde se hacía el velatorio, y en otros lugares con encanto (Beleña de Sorbe).

Lar-ami


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