Resolución provisional de independencia de Retiendas


Tras estudiar los argumentos de Tamajón y Retiendas, la Sala de los Alcaldes de la Casa Real remitió su informe al Consejo de Cámara Real, que el 30 de marzo de 1.818 propuso al rey que concediera la gracia de privilegio de villazgo que solicitaba Retiendas. Así se hizo, de forma provisional, el 15 de abril:

  • “Quedando los pastos y aprovechamientos comunes en la forma a que habían estado hasta ahora. Se construirá la casa del ayuntamiento y demás oficinas necesarias en el plazo de 3 años.
  • Por carta de pago, quedaba en la secretaría real la cantidad de 6.948 reales y 18 maravedies, la mitad del pago correspondiente a los 63 vecinos, a razón de 7.500 maravedíes cada uno.
  • Retiendas se obligaba al pago de la otra mitad a finales de septiembre.
  • Si al tiempo de daros posesión de esta gracia apareciesen más vecinos de los expresados, pagareis lo que corresponda por cada uno de ellos”150223 resolucion provisional

Hasta que no se abonó la cantidad citada (6.948 reales y 18 maravedíes) y se asumió el pago de la otra mitad (se hizo mediante escritura el 23 de abril) no se puso en marcha el proceso definitivo. Un camino duro y costoso (no sólo por el esfuerzo) como detalla el libro de actas.

Lar-ami


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