Surgen tras la Reconquista y se extiende por la zona comprendida entre los ríos Duero y Tajo. Se conocen 42 Comunes de Villa y Tierra, 14 de los cuales afectan a Guadalajara y 5 directamente a La Ribera. Sus antecedentes datan el siglo IX, cuando campesinos libres se establecen en las tierras conquistadas como propietarios independientes, que «solo reconocen al rey como señor».
Se crean pequeñas aldeas (presuras), que se asocian libremente en comarcas (Común), y se rigen por su derecho tradicional (fuero). En las presuras grandes, el rey define los límites del territorio y señala una villa como cabecera, otorgándole fuero; desde allí se inicia la repoblación y se organiza el territorio. Es el caso de Sepúlveda (Segovia), cuyo fuero del año 950 fue tomado como modelo en siglos posteriores. Así nacen los Comunes de Villa y Tierra, a partir del siglo XI, constituidos por:
- La villa: solo depende del rey, tiene fuero propio y está rodeada de muralla, con puertas (portillos) orientadas a los 4 puntos cardinales. Se construyen iglesias y a su alrededor se forman los barrios (colación).
- La Tierra dependiente de la villa y con varias aldeas, estaba dividida en 6 zonas de superficie parecida (sexmas)
La organización siempre era similar, aunque dependieran del rey, del obispo/abad, de un señor o fuesen de behetría (los vecinos tenían derecho a elegir a su Señor). Pero esto lo contaremos mañana.
Lar-ami